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Tarjeta de Residencia de Familiar de Comunitario del Real Decreto 240/2007 para familia extensa de español, a quien NO aplica el estatuto de familiares de español del RD 1155/2024

Se refiere a otros familiares como sobrinos, hermanos o abuelos, los cuales acreditando las circunstancias oportunas pueden conseguir una Tarjeta de Residencia de Familiar de Comunitario.

El Real Decreto 240/2007, regula los familiares considerados “familia extensa” aplicable a algunos familiares de español:
Artículo 2.bis:

  • Los miembros de su familia, cualquiera que sea su nacionalidad, no incluidos en el artículo 2 del presente real decreto, que acompañen o se reúnan con él y acrediten de forma fehaciente en el momento de la solicitud que se encuentran en alguna de las siguientes circunstancias:
    • Que, en el país de procedencia, estén a su cargo o vivan con él.
    • Que, por motivos graves de salud o de discapacidad, sea estrictamentenecesario que el ciudadano de la Unión se haga cargo del cuidado personal del miembro de la familia.
  • La pareja de hecho con la que mantenga una relación estable debidamente probada, de acuerdo con el criterio establecido en el apartado 4.b) de este artículo.

 

Instrucción 2/2025 de la Secretaría de Estado de Migraciones sobre aplicación del nuevo estatuto de familiares de español:

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